¡Yo quiero nacer! ¡Tengo el derecho a vivir! Los diputados que me representan, aunque no los voté por no tener 16 años, tienen que escucharme y defenderme. 
La Constitución declara que no hay “sumisiones ni supremacías por las que la vida, el honor y la fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o a persona alguna” (Art. 29).

Sin embargo, Mauricio Macri, sin haber dicho nada en la campaña electoral, anunció en febrero Hay que dar el debate por el tema del aborto, aunque aclaró Yo estoy a favor de la vida y es mi postura. Pero no vetaría la ley de ser sancionada, lo que es una clara incoherencia. 

De esta forma se instaló en los medios y en la agenda del Congreso una reforma al Código Penal, que inexplicablemente se adelanta al dictamen de la comisión de juristas encargado de proponer la reforma de ese Código. Con ello se pretendió desviar la atención de la gente, hasta el mundial de fútbol, y frenar la caída de la imagen de Macri en la opinión pública ante el escaso crecimiento del empleo y de la economía, la no llegada de inversiones, la escapada del dólar, los aumentos de tarifas, etc. 

Matar a una hija o hijo es un homicidio agravado por el vínculo con su madre, que está penado con prisión o reclusión perpetua (arts. 86 y 87 Código Penal). Pero si el crimen ocurre antes de nacer la pena se reduce extrañamente hasta los 10 años; y es impune cuando el aborto tuvo por fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si ese peligro no puede ser evitado por otros medios, o cuando hubiere habido una violación o un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. Esto último se dispuso en 1921 para que no nazcan niños “idiotas o dementes”, fundados en una ideología eugenésica y racista, en boga entonces, la misma que en los años 30 le sirvió a Hitler para ordenar el holocausto, en el que murieron 6 millones de personas. De esta manera, si la madre (y el médico) asesinan al niño por nacer la pena se atempera o exime, lo que contradice la igualdad ante la ley y priva de protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo como indica la Constitución (Arts. 6 y 75 inc. 23) y el Código Civil y Comercial (Art. 19), al proclamar el derecho a la vida “desde la concepción”.

El médico Tabaré Vázquez, presidente socialista de Uruguay, al vetar en 2008 una ley que despenalizaba el aborto en las primeras 12 semanas de gestación, el cual luego se aprobó en la presidencia de Mujica, afirmó: “Hay consenso en que el aborto es un mal social que hay que evitar. Sin embargo, en los países en que se ha liberalizado el aborto, éstos han aumentado. En los Estados Unidos, en los primeros diez años, se triplicó, y la cifra se mantiene: la costumbre se instaló. Lo mismo sucedió en España.”

“La legislación no puede desconocer la realidad de la existencia de vida humana en su etapa de gestación, tal como de manera evidente lo revela la ciencia. La biología ha evolucionado mucho. Descubrimientos revolucionarios, como la fecundación in vitro y el ADN con la secuenciación del genoma humano, dejan en evidencia que desde el momento de la concepción hay allí una vida humana nueva, un nuevo ser. (…) 

“De acuerdo a la idiosincrasia de nuestro pueblo, es más adecuado buscar una solución basada en la solidaridad que permita promocionar a la mujer y a su criatura, otorgándole la libertad de poder optar por otras vías y, de esta forma, salvar a los dos. Es menester atacar las verdaderas causas del aborto en nuestro país y que surgen de nuestra realidad socio-económica. Existe un gran número de mujeres, particularmente de los sectores más carenciados, que soportan la carga del hogar solas. Para ello, hay que rodear a la mujer desamparada de la indispensable protección solidaria, en vez de facilitarle el aborto."

Estas razones nos eximen de más comentarios.


                                                   Córdoba, mayo de 2018.